Buscan implementar un régimen destinado al patrocinio y tutoría del deporte. Se trata del asunto N° 067/23, que, de convertirse en Ley, permitirá y facilitará la participación de personas humanas y jurídicas en la promoción y fomento del deporte en sus variadas expresiones. La propuesta, que lleva la firma de la legisladora Myriam Martínez, deberá ser analizada por las comisiones de Legislación General N° 1 y Presupuesto N° 2.
Cabe recordar que el texto fue presentado en el año 2021 y de acuerdo a la normativa y ante la falta de dictamen, fue girado a archivo. En esta oportunidad, Martínez propone sancionar una Ley que capte “capitales privados para asistir y sostener el desarrollo de las carreras de deportistas profesionales y amateurs, entrenadores físicos o entidades deportivas” y que facilite recursos “de empresas y terceros privados”, sostiene en la fundamentación.
El articulado girado a las Comisiones que presiden los legisladores Federico Greve y Federico Sciurano, establece que los contribuyentes con domicilio en Tierra del Fuego “podrán deducir impuestos de Ingresos Brutos el total del aporte dinerario otorgado a los beneficiarios del régimen”. También, determina que estos beneficiarios serán personas humanas o jurídicas que demuestren la práctica deportiva en cualquier disciplina, y deberán demostrar “previsibilidad y permanencia” en esas actividades.
La propuesta, consta de 26 ítems donde define la naturaleza del régimen que será auditada por la Secretaría de Deportes y Juventus o similar; la finalidad y el destino; y crea el Registro de entidades patrocinadas y tutoras donde podrán inscribirse personas e instituciones. También, detalla la calidad de beneficiarios, y podrán ser instituciones sin fines de lucro, asociaciones y fundaciones domiciliadas en Tierra del Fuego; licenciados en educación física y profesores, entrenadores y directores técnicos que posean título habilitantes.
Entre otras disposiciones, el proyecto de Ley crea el Consejo Provincial de Patrocinio y Tutoría del Deporte, como un órgano de ayuda a la autoridad de aplicación y define también su composición, que incluye en sus filas a entidades deportivas, quienes actuarán ad honorem. Otros ítems refieren a incentivo fiscal y régimen de sanciones.
En la fundamentación, Martínez recuerda lo que establece la Constitución fueguina, refiere a los derechos establecidos en el articula 24 y la Ley nacional N° 20.655, -a la que adhirió Tierra del Fuego-, normativa sancionada durante la presidencia de Juan Perón, en 1974, sobre la promoción y ordenamiento del deporte con la creación del Consejo Nacional del Deporte. También menciona la Ley provincial N° 590 sobre fomento al desarrollo deportivo.
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