El INT apoya a Eventos de Teatro Independiente, con aportes que contribuyen a su realización (art. 14 inc. e) y 21 de la Ley 24.800)

El Evento deberá: 

  • Estar registrado en el Registro Nacional del Teatro Independiente (INTdigital en https://inteatro.ar/registro/)
  • No estar inhabilitado por el INT;
  • Solicitar sólo UN (1) aporte para Evento Teatral; a tales fines, se considerarán eventos diferentes cuando no coincidan ninguno de sus integrantes entre las diferentes organizaciones. Asimismo, la programación no podrá coincidir en más de un 40% con otro Evento que presente solicitud.
  • Contar como mínimo con CINCO (5) elencos y/o personas participantes, en este sentido no se considerará al grupo organizador.
  • Haber realizado al menos una edición previa del evento, realizada con anterioridad a la presentación.
  • Realizarse durante el año 2025.

Quienes organicen el evento deberán: 

  • Tener cabal conocimiento de la Ley Nacional del Teatro N° 24.800 y su decreto reglamentario N° 991/97
  • Conocer y aceptar la Reglamentación para solicitud de aporte de eventos, festivales y programaciones de teatro independiente;
  • Si es Persona Humana poseer Alta Individual en el Registro Nacional del Teatro Independiente (INTdigital en www.inteatro.ar); si es Persona Jurídica registrarse en el Registro Nacional del Teatro Independiente.
  • No estar inhabilitado por el INT, así como ninguna de las personas que integren el proyecto.
  • Contar y acreditar como mínimo con DOS (2) años de actividad vinculada a las artes escénicas. Se excluye de presentar estas constancias a artistas cuya actividad haya recibido apoyo del INT en los últimos 2 años en la provincia para la cual se presenta la solicitud.
  • Contar como mínimo con DOS (2) años de residencia en la Provincia en la cual se presenta la solicitud de aporte.
  • Eximir al INT de cualquier responsabilidad derivada del plagio o de cualquier otra trasgresión de la legislación vigente vinculada al derecho de autor.
  • Ceder los derechos de imagen a favor del INT de aquel material fotográfico y audiovisual que sea provisto. Se deja constancia que dicha cesión no implica ceder el derecho de exclusividad.
  • Autorizar al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO a reproducir el evento o festival por las plataformas públicas que considere necesaria.

Los requisitos son obligatorios; no se dará curso a las solicitudes de aquellos eventos que no cumplan con la totalidad de los mismos.

 

CONVOCATORIA

 

FUENTE: Prensa Instituto Nacional del Teatro.


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