¿Qué quiere decir esto?
Las solicitudes de aportes continuarán realizándose en la plataforma del INT, pero las notificaciones, los resultados de las evaluaciones, las intimaciones por falta de rendición y cualquier acto administrativo serán comunicadas vía TAD, sustituyendo el uso del correo electrónico y la carta documento.
Este requerimiento alcanzará tanto a las personas responsables como a las personas integrantes de cualquier proyecto que reciba aportes del INT a partir del 1° de enero de 2025.
Ver preguntas frecuentes del INT en el siguiente enlace.
¿Qué es el TAD?
El TAD, instrumentado por el Decreto 1063/2016, es una sede virtual o ventanilla única electrónica que permite a la ciudadanía realizar trámites o recibir notificaciones fehacientes de la Administración Pública Nacional durante las 24 horas del día, desde cualquier dispositivo con conexión a internet (computadora, tableta, celular), sin tener que acudir a una oficina pública.
Este módulo permite que la ciudadanía realice sus presentaciones e inicie expedientes en forma electrónica, por cuenta propia o a través de una persona apoderada. Entre sus funciones se encuentran: subsanar documentos, tomar vista de un expediente, notificar en forma fehaciente y realizar pagos. Además, en todo momento, la persona puede consultar de manera remota sus trámites: la fecha de inicio, el código del expediente, el estado actual, el último destino, el nombre del trámite y el motivo.
MANUAL DE USUARIO DE PLATAFORMA TAD y MANUAL PARA CONSULTAR LAS NOTIFICACIONES en el portal de Trámites a Distancia
Ante cualquier consulta no duden en comunicarse con su representación provincial.
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